Preguntas
Frecuentes
FAQ
En esta sección encontrarás respuestas a las consultas más habituales relacionadas con nuestros servicios, procedimientos y condiciones. Nuestro objetivo es ofrecerte la información necesaria de manera clara y accesible. Si tu duda no se encuentra reflejada aquí, te invitamos a contactarnos directamente para poder asistirte de forma personalizada.
Para ser elegible, debes cumplir los siguientes requisitos:
– Ser mayor de edad y residente en España.
– No haber recibido otra vivienda de protección oficial en España.
– No ser propietario/a de una vivienda.
– Estar inscrito/a en el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias.
– Que la vivienda sea tu residencia habitual y no puedas venderla o alquilarla hasta que termine el período de descalificación.
– Ingresos familiares por debajo de ciertos límites,hasta 2,5 veces el IPREM
Inscripciones en el registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias. – Sede electrónica del Gobierno de Canarias.
Debes presentar:
– Documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte).
– Certificado de empadronamiento.
– Contrato laboral y certificado de convivencia.
– Declaración de la renta de todos los miembros de la unidad familiar.
– Certificado catastral de bienes de la unidad familiar.
– Otros documentos específicos según tu situación (por ejemplo, discapacidad, violencia de género)
El proceso de adjudicación puede variar, pero generalmente puede tardar varios meses. La resolución oficial debe emitirse en un plazo máximo de seis meses desde la solicitud.
No, no puedes ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso y disfrute de otra vivienda, salvo ciertas excepciones estipuladas en la normativa.
Los ingresos de la unidad familiar no deben superar 2,5 veces el IPREM para viviendas en régimen de venta.
Si tu solicitud es rechazada, puedes presentar un recurso de alzada ante la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda de Canarias.
No, es necesario haber residido en Canarias de forma ininterrumpida durante al menos siete años antes de la solicitud, o quince años de forma interrumpida.
Las viviendas pueden ser tanto de promoción pública como privada, y pueden estar destinadas a venta o alquiler, cumpliendo con los requisitos establecidos por la normativa de Canarias.
No puedes vender ni alquilar la vivienda protegida hasta que finalice el período de descalificación estipulado por la normativa.
Puedes comprobar el estado de tu solicitud en las oficinas del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias o a través de su sitio web oficial, presentando tu identificación y los documentos pertinentes.
- +34 828 054 063
- vp@seniorsur.es
- Calle Triana 66, 3º, 35002 – Las Palmas de Gran Canaria (Las Palmas)